ANARPLA crea un grupo de trabajo para abordar el fin de condición de residuo de los plásticos

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ANARPLA crea un grupo de trabajo para abordar el fin de condición de residuo de los plásticos

 

Dada la necesidad de adoptar, por parte de los estados miembros de la Unión Europea, las medidas adecuadas para garantizar que se considere que los residuos que hayan sido objeto de reciclado han dejado de ser residuos siempre y cuando cumplan una serie de requisitos. ANARPLA ha decidido potenciar esta iniciativa que contribuirá así a la búsqueda de los objetivos de transición para una economía circular real, promoviendo la creación de un mercado de materias primas secundarias basado en la transparencia, la seguridad, la trazabilidad y la confianza del transformador.

El grupo de trabajo inicialmente estará formado por 18 de las principales empresas recicladoras españolas estando representados los principales flujos de reciclado y se contará con la participación de expertos y empresas transformadoras que utilicen plástico reciclado en sus productos.

El principal objetivo del grupo de trabajo es cooperar con el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico en determinar los criterios que garanticen un nivel elevado de protección del medio ambiente y de la salud humana, y así facilitar la utilización prudente y racional de los recursos naturales. Estos criterios deberán determinar las condiciones legales, ser operativos, no suponer nuevas cargas desproporcionadas y efectos secundarios indeseables. No podemos olvidar que la recolección y reciclaje de residuos plásticos es una práctica industrial y municipal que funciona bien hoy en día.

En España, en los últimos 25 años el consumo de plástico reciclado se ha multiplicado por cinco. Ya, desde el inicio, se definieron como productos con mercado los denominados deshechos y desperdicios plásticos (grupo Taric aduanas 39.15…), que reciclados atendían a una demanda de mercado de aplicaciones sustituyendo a materias plásticas primas vírgenes.  El desarrollo de la gestión de los residuos, llevó a que se creara una cadena de actores, hasta cierto punto compleja y para la que se establecieron definiciones en la Directiva marco 2008/98, de ámbito Comunitario UE, que presenta pautas de prevención y de transparencia, aumentando el grado de precisión y de seguridad jurídica en la gestión de los residuos. Y en la transposición a la Ley de Residuos 22/2011, constan los criterios generales para asignación de la Fin de Condición de Residuos en España, a falta de desarrollo de un Reglamento Comunitario.

Teniendo en cuenta que determinados países ya tienen legislación que establece los criterios para la asignación del fin de condición de residuos a plástico reciclado, a saber, escamas, aglomerado y granulado, permitiendo su incorporación como materia prima en los procesos productivos debemos evitar desequilibrios en el mercado dentro de la Unión Europea.

Los criterios de fin de condición de residuo para residuos plásticos no deberían alterar el existente sistema de reciclaje, tanto si están actualmente en régimen de residuos, o reconocidos como no residuos. Simplemente se debe identificar dónde los residuos plásticos han alcanzado una calidad suficiente para garantizar que no se producen riesgos ambientales o daños a las personas cuando se transporta, procesa o comercializa sin ser considerado como residuo.

En el transcurso de la primera reunión, celebrada el pasado 13 de Febrero, además de su constitución, se analizó la actual situación legislativa europea y de los países miembros, se analizó el trabajo realizado por la comisión ”End of waste criteria for waste plastic for conversión” y se establecieron los próximos pasos a seguir.

Por | 2020-02-17T18:57:51+01:00 febrero 17th, 2020|Tema del Mes|Sin comentarios

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