COMPRAS VERDES:

REAL DECRETO 6/2018 DE 12 DE ENERO DE 2018 POR EL QUE CREA LA COMISION INTERMINISTERIAL PARA LA INCORPORACIÓN DE CRITERIOS ECOLÓGICOS EN LA CONTRATACIÓN PÚBLICA

 

En el contexto de políticas medioambientales relacionadas con el cambio climático, la utilización de los recursos naturales y la producción y consumo sostenibles, abordan la cuestión de las políticas de contratación pública ecológica (CPE). En este escenario, en que la Unión Europea habla de contratación pública para un medio ambiente mejor, se establece un proceso por el cual las autoridades públicas tratan de adquirir mercancías, servicios y obras con un impacto medioambiental reducido durante su ciclo de vida, las denominadas “Compras verdes” en contraste con las compra de mercancías, servicios y obras con la misma función primaria que se adquirían en su lugar.

En el 2015 la Comisión Europea envió una comunicación al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones en que lanzaba un “Plan de acción de la UE para la economía circular”.

Según las recomendaciones de la Comisión Europea, la contratación pública representa casi el 20% del PIB de la UE y por esto motivo se tienen que utilizar recursos financieros públicos para permitir a las Administraciones contribuir a la sostenibilidad económica y medioambiental.

También la Asamblea General de la ONU, en el 2015, publicó el documento “Transformar nuestro mundo: la agenda 2030 para el desarrollo sostenible; en este documento hay metas de carácter integrado e indivisible que abarcan las esferas económicas, sociales y medioambientales.

Los Estados, al adoptarla, se comprometieron a movilizar los medios necesarios para la puesta en práctica de los objetivos de la Agenda 2030 y cada uno de los Estados tiene la soberanía de fijar sus propias metas nacionales teniendo en cuenta los objetivos del desarrollo sostenible.

Uno de los criterios tenidos en cuenta para elegir las administraciones públicas como los pioneros del desarrollo sostenible, fue el hecho que tienen un alto nivel ejemplarizante y pueden incentivar el sector privado a buscar nuevas formas de producción y de consumo que respecten el medioambiente.

La actividad principal en el contexto de CPE realizada por parte de la UE es la “Estrategia Europea 2020” y dentro de esta, la contratación pública desempeña un papel clave, puesto que se configura como uno de los instrumentos basado en el mercado interior que deben ser utilizados para seguir un crecimiento inteligente, sostenible y integrador, garantizando al mismo tiempo un uso de los fondos público con mayor racionalidad.

La Contratación Publica Ecológica es una herramienta eficaz para avanzar en la producción, utilización y consumo sostenible, así como en una economía y prácticas de contratación sostenible, lo que requiere continuar con las actuaciones necesarias para su desarrollo. En este último caso, hay que considerara que dicha herramienta requiere una cooperación eficaz entre los distintos departamentos de la Administración General del Estado, ya que ellos son responsables de la contratación pública en general. También es necesario elaborar un nuevo Plan de Contratación Publica Ecológica que, partiendo de los objetivos alcanzados por el anterior, los consolide y procede a su revisión y desarrollo.

Para conseguir estos objetivos se ha considerado oportuno la creación de la Comisión Interministerial para incorporación de criterios ecológicos en la contratación pública que permita una actuación eficaz de la Administración General del Estado con el Real decreto 6/2018 del 12 de enero.

Según el artículo 4 del Real decreto 6/2018, las funciones de la Comisión Interministerial son:

  • Elaborar el Plan de Contratación Publica Ecológica de la administración General del Estado;
  • Seguir las medidas contenidas en el Plan;
  • Diseñar acciones de información y formación del personal encargado de la puesta en marcha del plan;
  • Cuantas otras acciones se consideren necesarias para el seguimiento del plan.

El artículo 5 de la referida norma establece la “Colaboración de tercero”, para el desarrollo de las funciones de la Comisión, por lo que prevé colaborar con expertos, interlocutores sociales, entidades y organizaciones públicas y privadas, e invitarlos a reuniones, donde se podrán incorporar con voz pero sin voto.

Como quiera que ANARPLA, representa al sector del reciclado mecánico de plástico en España, se atoja “necesaria” su incorporación por vía de colaboración a dicha Comisión, incluso con su participación en los grupos específicos de trabajo que al efecto cree la Comisión.

Conclusión de todo lo anterior, es que nuestro Sector deberá estar atento a las reuniones y consideraciones de dicha Comisión Interministerial porque de ella dependerá, en buena medida, la promoción de la compra pública verde, algo que se nos antoja vital para el futuro del sector del reciclado de plástico en España.

 

Pancracio Oltra Marco. Abogado.

Gabriel Vokrri. Colaboradora

Por | 2018-04-05T14:21:04+02:00 marzo 20th, 2018|Legislación|Sin comentarios

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