REGLAMENTO UE 2015/830 POR EL QUE SE MODIFICA EL REGLAMENTO DEL REACH, A EFECTOS DE REVISAR LOS REQUISITOS PARA LA ELABORACIÓN DE LAS FICHAS DE DATOS DE SEGURIDAD EN LA UE

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Se modifica el Anexo II en que se establecen los REQUISITOS GENERALES que deben cumplir los proveedores cuando elaboren las fichas de dato de seguridad, de forma que sean coherentes con las fichas de seguridad química. Con referencias al formato y contenidos.

El Reglamento entra en vigor a partir del 1 de junio de 2015, pero dice que no obstante lo dispuesto, las fichas de seguridad facilitadas a cualquier destinatario antes del 1 de junio de 2015, podrán seguir utilizándose hasta el 31 de mayo de 2017 sin necesidad de que sean conformes con el presente Reglamento.

Por | 2017-07-05T10:12:26+02:00 julio 27th, 2015|Legislación|Sin comentarios

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